Montevideo
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Montevideo
Comisión de Cuenca del Río Santa Lucía - Dirección Nacional de Aguas (DINAGUA)
Organismo responsable
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA)
Descripción:
Es un órgano consultivo, deliberativo, asesor y de apoyo a la gestión de la Autoridad de Aguas, para la formulación y ejecución de planes en materia de recursos hídricos, integrado de forma equitativa y tripartita por la sociedad civil, los usuarios y el gobierno.
Quienes pueden participar:
Organizaciones con conocimientos técnicos/especializadas en la temática
Organizaciones de la sociedad civil con presencia/trabajo territorial
Organismos Públicos

Información de contacto
- Dirección: Avenida Rondeau 1921 piso 12 esquina Lima,11800,Centro,Montevideo,Uruguay
- Teléfono: 29249949 Int 5006
- Correo electrónico:
- Sitio web
Información adicional
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Tiempo de funcionamiento:
1 a 3 Años
- Referencia Normativa: Ley Número: Estos ámbitos surgen de la reforma del artículo 47 de la Constitución y se reglamentan en la Ley 18.610/09 y Decreto 160/013
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Nivel de gobierno de la institución que coordina el ambito:
Nacional
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Coordinador del Área:
Dirección Nacional de Aguas
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Tipo:
Comisión/Subcomisión/Comité Asesor
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Objetivos generales:
InformarProponerCo-gestionar/Gestión asociadaControlarEvaluar
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Objetivo:
a) Colaborar activamente en la formulación y ejecución del Plan de Recursos Hídricos para laCuenca o Acuífero, de conformidad con las directrices impartidas por el Consejo Regional de
Recursos Hídricos respectivo o la DINAGUA.
b) Vincular al Poder Ejecutivo con los actores involucrados en la formulación y ejecución de planes y demás instrumentos de la Política Nacional de Aguas.
c) Asesorar y colaborar con el Consejo Regional de Recursos Hídricos correspondiente y al MVOTMA en la gestión local de los recursos naturales.
d) Propiciar el fortalecimiento y ejercicio efectivo del derecho de participación ciudadana.
e) Emitir opinión de oficio o a solicitud de la autoridad competente acerca de los criterios para el otorgamiento de derechos de uso de los recursos hídricos de la cuenca o acuífero y para el cobro por su uso, así como también sobre proyectos de uso de recursos hídricos susceptibles de generar impacto en el territorio de la cuenca o acuífero.
f) Elaborar y elevar a consideración del Consejo Regional de Recursos Hídricos correspondiente criterios de administración de conflictos por el uso de los recursos hídricos de la Cuenca o Acuífero.
- Frecuencia establecida por Ley: Semestral
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Regularidad efectiva:
Semestral
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Medios de convocatoria:
Correo electrónico
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Modalidad de las instancias:
Presenciales
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Características de quienes pueden participar en el ámbito:
Las Comisiones de Cuencas se integran con actores locales con presencia activa en el territorio sobre una base tripartita; Los representantes del Gobierno se integran por delegados locales del MVOTMA, MGAP, otros Ministerios, Intendencias Departamentales y representantes del gobierno local vinculados a la Cuenca. La enumeración precedente es sin perjuicio de la participación de otros actores con presencia activa en el territorio (Art. 4 Decreto 258/013). Los representantes por los usuarios, serán propuestos por aquellas instituciones productivas sectoriales y/o entidades públicas y privadas con presencia activa en el territorio (Art. 5 Decreto 258/013). Los representantes por la Sociedad Civil deberán acreditar interés y/o actuación en la temática de los Recursos Hídricos en la Cuenca y presencia activa en el territorio. Serán propuestos por: instituciones técnicas o de enseñanza, organizaciones no gubernamentales, organizaciones gremiales (trabajadores, empresarios, entre otros) (Art. 6 Decreto 258/013).
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Método:
El ámbito no tiene capacidad de decisión
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Carácter vinculante:
No
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Cómo se expresan y transmiten resultados:
Actas/Registros
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La documentación que registra el proceso, es de acceso público:
Si
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Tipo de presupuesto asignado:
No cuenta con presupuesto
- Quién aporta qué recursos:
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Tiene etapas:
No
Temas a tratar
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