Montevideo
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Montevideo
Concejo Vecinal 6 - Municipio E Montevideo
Organismo responsable
Intendencia de Montevideo
Descripción:
Los Concejos Vecinales son organizaciones sociales, privadas y autónomas, integradas por vecinas y vecinos. Están regulados por la Junta Departamental de Montevideo y reconocidos por el gobierno departamental y los gobiernos municipales. Cada Concejo Vecinal tiene entre 15 y 40 miembros. Las y los concejales trabajan honorariamente, son portavoces del barrio que se encargan de exponer propuestas, necesidades y demandas ante las autoridades municipales, departamentales y nacionales.
Quienes pueden participar:
Cualquier persona

Información de contacto
- Dirección: 8 de Octubre 4210
- Teléfono: 25069332
- Correo electrónico:
Información adicional
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Tiempo de funcionamiento:
5 o más años
- Referencia Normativa: Ley Número: 18567 Decreto Número: 33428
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Nivel de gobierno de la institución que coordina el ambito:
Municipal
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Primer Co-coordinador:
Municipio_Montevideo_Municipio E
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Coordinador del Área:
Intendencia de Montevideo - Unidad de Participación
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Primer Coordinador del Área:
Área Social
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Promotor del ámbito:
Poder LegislativoServicios Descentralizados
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Tipo:
Consejo (Consultativo, Vecinal, Social, de Ministros Abierto, entre otros)
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Objetivos generales:
InformarAsesorarProponerCo-gestionar/Gestión asociadaControlarEvaluar
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Objetivo:
Derecho de iniciativa y capacidad de propuestas en planes, proyectos y programas de interés local.
Asesoramiento al gobierno departamental y municipal.
Colaboración en la gestión nacional, departamental y municipal.
Organización, promoción y desarrollo de actividades de interés local y participación en la evaluación de la gestión.
Actúan como agentes de desarrollo en sus territorios, construyendo una visión integral del mismo, y promueven la articulación de diversos actores sociales, deportivos, religiosos, culturales, sindicales, entre otros.
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Alcance territorial:
MunicipalBarrial
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Momento del ciclo de la Política en que interviene:
Identificación y definición del problemaImplementaciónEvaluación de los resultados
- Frecuencia establecida por Ley: Mensual
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Regularidad efectiva:
Mensual
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Medios de convocatoria:
Teléfono o celular
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Modalidad de las instancias:
Presenciales
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Grado de apertura:
Solo por invitación
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Método:
Por votación
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Carácter vinculante:
No
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Cómo se expresan y transmiten resultados:
Actas/RegistrosReuniones presenciales
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La documentación que registra el proceso, es de acceso público:
No
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Tipo de presupuesto asignado:
Acceso a fondos específicos para el desarrollo de actividades
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Quién aporta qué recursos:
Recursos Humanos: Gobierno DepartamentalGobierno MunicipalGobierno DepartamentalGobierno MunicipalGobierno DepartamentalGobierno MunicipalGobierno Municipal
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Tiene etapas:
Si
Temas a tratar
Próxima actividad
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